JEVA SC

Software CDD

Detecta comportamientos irregulares o ilícitos dentro de la propia empresa.

SOFTWARE PROPIO

Una forma fácil y sencilla

de aplicar la normativa vigente

con la máximo protección asegurada

El canal de denuncias en las empresas es una herramienta que permite detectar comportamientos irregulares o ilícitos dentro de la propia empresa, ya sean estos contra normativas nacionales o internacionales vigentes o contra la propia normativa interna de la empresa.

A través del canal de denuncias interno, los miembros de la empresa y aquellas personas externas, pero vinculadas a la misma, pueden denunciar dichos comportamientos, para que el correspondiente órgano o comité trámite y, en su caso, investigue las denuncias recibidas.

Se publicó en BOE la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción que obliga a todas las empresas con más de 49 trabajadores a implementar un canal de denuncias interno, con el objetivo de garantizar la prevención y castigo de la comisión de delitos e infracciones en las empresas en diversas materias.

El canal de denuncias en las empresas es una herramienta que permite detectar comportamientos irregulares o ilícitos dentro de la propia empresa, ya sean estos contra normativas nacionales o internacionales vigentes o contra la propia normativa interna de la empresa.

A través del canal de denuncias interno, los miembros de la empresa y aquellas personas externas, pero vinculadas a la misma, pueden denunciar dichos comportamientos, para que el correspondiente órgano o comité trámite y, en su caso, investigue las denuncias recibidas.

Se publicó en BOE la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción que obliga a todas las empresas con más de 49 trabajadores a implementar un canal de denuncias interno, con el objetivo de garantizar la prevención y castigo de la comisión de delitos e infracciones en las empresas en diversas materias.

Compromiso

Gestión y comunicación fácil para los empleados. El canal de Denuncias está dedicado a la denuncia de incumplimientos legislativos y de código ético.

Compromiso

Gestión y comunicación fácil para los empleados. El canal de Denuncias está dedicado a la denuncia de incumplimientos legislativos y de código ético.

PLAZOS PARA SU IMPLEMENTACIÓN

Encuentra el tuyo

Empresas con más de
49 empleados

Hasta el 1 de diciembre de 2023

Empresas con más de
249 empleados

3 meses tras la publicación en el BOE de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Municipios con menos de
10.000 habitantes

Hasta el 1 de diciembre de 2023

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USOS Y PRÁCTICAS

¿Qué se puede denunciar?

Cuestiones denunciables

Cualquier actividad ilegal o inadecuada
que afecte a la organización.

Ejemplos: "Una persona de la empresa está aceptando regalos de proveedores", "Un empleado/directivo está acosando a otro"...

Cuestiones no denunciables

Las quejas o reclamaciones habituales de RRHH
no se deben realizar por este canal.

Ejemplos: "El servicio de bar ha empeorado", "El equipo no me ha convocado a la reunión", "Mi sueldo no es correcto"....

Cuestiones denunciables

Cualquier actividad ilegal o inadecuada
que afecte a la organización.

Ejemplos: "Una persona de la empresa está aceptando regalos de proveedores", "Un empleado/directivo está acosando a otro"...

Cuestiones no denunciables

Las quejas o reclamaciones habituales de RRHH
no se deben realizar por este canal.

Ejemplos: "El servicio de bar ha empeorado", "El equipo no me ha convocado a la reunión", "Mi sueldo no es correcto"....

El artículo 24 de LOPD ya dispone que es lícita la creación de un sistema interno de denuncias.

Para gestionar el canal de denuncias interno y externo deberá de designarse un DPO: “Por otra parte, se exige que las entidades obligadas a disponer de un Sistema interno de información, los terceros externos que en su caso lo gestionen y la Autoridad Independiente de Protección de Datos, A.A.I. así como las que en su caso se constituyan, cuenten con un delegado de protección de datos“

Por un lado, deberá de implementarse un canal de denuncias y , por otro, designarse un Delegado de Protección de Datos.

El artículo 24 de LOPD ya dispone que es lícita la creación de un sistema interno de denuncias.

Para gestionar el canal de denuncias interno y externo deberá de designarse un DPO: “Por otra parte, se exige que las entidades obligadas a disponer de un Sistema interno de información, los terceros externos que en su caso lo gestionen y la Autoridad Independiente de Protección de Datos, A.A.I. así como las que en su caso se constituyan, cuenten con un delegado de protección de datos“

Por un lado, deberá de implementarse un canal de denuncias y , por otro, designarse un Delegado de Protección de Datos.

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